Plataforma Laboral Life
El pasado 14 de abril el Ministerio de Trabajo y Economía Social publicó el criterio técnico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en riesgos psicosociales. Este criterio técnico es el resultado de la política de la Comisión Europea en Salud y Seguridad en el Trabajo que establece que las empresas deben proteger la salud de los trabajadores, incluyendo los riesgos psicosociales, y que los estados europeos tienen la obligación, mediante la inspección de trabajo, de comprobar que las empresas evalúan los riesgos psicosociales y les ponen remedio cuando se han detectado.
Pero, sin ninguna duda, las empresas deben asumir que la motivación para evaluar y prevenir los riesgos psicosociales no es evitar un expediente de la inspección de trabajo, sino que es una inversión para mejorar la calidad y productividad del capital humano de la empresa. Empresas y trabajadores deben ser conscientes y estar informados sobre las causas y consecuencias del estrés laboral. Consecuentemente, las empresas deben hacer un seguimiento y control de los puestos de trabajo y las prácticas laborales para detectar los riesgos psicosociales que pueden dar pie a la aparición del estrés laboral. Los principales riesgos psicosociales están relacionados con la sobrecarga laboral, con el acoso laboral, con la violencia externa o de terceros y con la conciliación entre trabajo y vida personal y familiar. Aunque no hay que olvidar que también hay riesgos relacionados con el trabajo aburrido o repetitivo, la falta de autonomía, el liderazgo autoritario, la imposibilidad de canalizar quejas, los horarios y turnos de trabajo mal diseñados, la discriminación por motivos étnicos, de género, de orientación sexual o de edad y los entornos físicos inadecuados del lugar de trabajo o el clima social del lugar de trabajo.
Uno de las mayores dificultades para involucrarse de forma definitiva en la evaluación y prevención de estos riesgos que es que se cree que es algo muy subjetivo y de difícil solución. Por ello es preciso insistir una y otra vez que la prevención de los riesgos psicosociales no es algo imposible y que cuando se recaba la colaboración de los trabajadores se suelen obtener unos resultados excelentes. El estrés laboral se combate tanto mediante el cambio de las formas de organizar y gestionar las tareas como a través del rediseño de las mismas, la rotación en los trabajos más complejos y exigentes, la priorización de las tareas, asegurando suficientes recursos humanos para hacer frente a las demandas, previendo un tiempo suficientes para el descanso y la recuperación, y proporcionando apoyo y formación a los trabajadores. Y, siempre, consultando a los trabajadores sobre las medidas a adoptar.
En el anexo IV del documento del criterio técnico que estamos comentando hay una excelente lista de medidas preventivas más frecuentes que en mi opinión, es extremadamente útil y que se debería conocer a fondo, por eso vale la pena exponer un resumen de estas medidas a continuación:
Medidas preventivas más frecuentes:
Jordi Fernández-Castro
Grupo de Investigación en Estrés y Salud (GIES)
Universidad Autónoma de Barcelona.